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En general una empresa de generación eléctrica (E R) toma la decisión de instalar una central nuclear. A partir de entonces, se suceden una serie de acciones que mencionaremos sucintamente:
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Comienza por preparar un Informe de Factibilidad, en el que se analiza la conveniencia técnica, económica y financiera de instalar una central nuclear. Se trata de una análisis extenso y completo en el que se adoptan valores realistas de costos de KW instalado de modelos de centrales de proveedores conocidos, costo de combustible, de infraestructura (que depende del lugar elegido), comparación con otras fuentes de generación, potencia óptima, etc.
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De resultar favorable la opción nuclear, se continúa con un llamado a presentar ofertas entre aquellos diseñadores conocidos internacionalmente y con sólidos antecedentes.
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Se selecciona la oferta más conveniente y se le solicita un “Informe Preliminar de Seguridad” que es una descripción técnica completa de la instalación focalizada en los aspectos de seguridad nuclear es decir, en su integridad y capacidad de respuesta ante situaciones en las que la instalación se aparta de los parámetros de diseño. Se trata de los llamado sistemas de seguridad cuya finalidad es prevenir accidentes o mitigar las consecuencias de aquellos que pudieran ocurrir de forma tal que, de ocurrir, no signifiquen “daño, peligro o riesgo” para los trabajadores, o el ambiente.
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La E R lo revisa y si considera que cumple con las especificaciones técnicas, lo presenta a la ARN y solicita la Licencia de Construcción. La ARN lo somete a un nuevo análisis que puede dar lugar a ampliaciones del Informe e incluso modificaciones de componentes o procesos.
Si finalmente la ARN, le concede la Licencia de Construcción, la E R está en condiciones regulatorias de dar comienzo a las obras.
La E R se obliga a cumplir lo establecido en la Licencia, informando periódicamente sobre la evolución de las obras y eventualmente sobre apartamientos del proyecto, que deben ser autorizados por la ARN. |
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La ARN a su vez cuenta con un equipo de inspectores y especialistas que efectuan un seguimiento de las obras.
Así, se garantiza independientemente del diseñador, constructor y de la E R el cumplimiento de las especificaciones técnicas y la calidad de la instalación.
A medida que se termina el montaje de los numerosos sistemas que constituyen la central, se comienza la etapa denominada “puesta en marcha”.
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| Se trata de la recepción que hace la E R, de los sistemas que le entrega el constructor, demostrando que cada uno de ellos cumple con las funciones y especificaciones técnicas del contrato. Este proceso se documenta rigurosamente ya que forma parte del cumplimiento del contrato de provisión y construcción. La ARN al igual que en la etapa anterior, vigila, controla y documenta con el mismo rigor, cada paso de esta etapa ya que la seguridad de la operación, se basa en la calidad y buen funcionamiento de cada uno y todos los sistemas. Completada la puesta en marcha que finaliza con el reactor nuclear a potencia, la producción de vapor, la generación eléctrica y la conexión a la línea de transmisión, comienza la tercera etapa que puede denominarse de operación o explotación comercial, luego de la recepción de la central por parte de la E R. |
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Completada la etapa anterior, la E R presenta a la ARN la denominada documentación mandatoria. Se trata de un conjunto de manuales, informes, procedimientos – entre los que se distingue el Informe Final de Seguridad - , etc. que establecen las reglas a las que se debe atener el E R durante toda la vida útil de la central para la operación y mantenimiento que garantizan la integridad de la instalación y por ende la seguridad nuclear de la misma.
Si la ARN considera que la E R ha cumplido con todos los requerimientos regulatorios y la normativa vigente, le concede la Licencia de Operación, en la que se establecen las obligaciones de la E R, cuyo incumplimiento está contemplado en el Régimen de Penalidades de la ARN y cuya máxima sanción es el retiro de la Licencia de Operación.
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Esta tercera etapa que tiene una duración coincidente con la vida útil según diseño, también es vigilada y controlada por los inspectores de la ARN mediante el análisis de los Informes de la
E R, inspecciones, auditorias, etc. debidamente registradas sobre el cumplimiento en la operación y el mantenimiento de todo lo establecido en la documentación mandatoria.
En esta etapa la E R mantiene el vínculo con el diseñador - proveedor, quien efectúa recomendaciones y presta servicios de asistencia para el funcionamiento óptimo y la mejora continua de la instalación, particularmente en los aspectos de seguridad nuclear, que como ya se ha dicho, tienen prioridad absoluta.
La ARN también otorga licencias y autorizaciones al personal técnico de sus funciones en operación, mantenimiento, ingeniería y radioprotección que requieren garantía de conocimiento y experiencia, lo cual contribuye sustancialmente a la operación segura de la central.
La verificación de la seguridad no se limita a la vigilancia y control que efectúa la E R y la ARN.
La E R se somete voluntariamente a misiones técnicas de inspección efectuadas por el IAEA* (misiones OSART) y el WANO** (Revisión de Pares), de las que surgen informes con recomendaciones de mejoras, cuando se detectan debilidades en la organización o la instalación.
Finalizada la vida útil de la central, comienza la cuarta etapa de la vida de la central, el cese de la operación con el objetivo de explotación comercial.
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En esta etapa y a solicitud de la E R la ARN le otorga una Licencia de Retiro de Servicio.
En dicha Licencia se establecen las acciones, requerimientos a cumplir a fin de llevar la central
a un estado libre de riesgo nuclear en el que permanecerá hasta que la CNEA inicia la
gestión que le ha sido asignada por
Ley Nacional Nº 24.804 |
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